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TÍTULO III. Supervisión · CAPÍTULO III. Colaboración entre autoridades de supervisión

Artículo 87. Intercambio de información en materia de supervisión en base consolidada y de supervisión de sociedades financieras mixtas de cartera.

Texto oficial de Real Decreto de Ordenación y Solvencia de Entidades de Crédito (BOE-A-2015-1455). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.