Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 26.15 del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, el importe de las subvenciones reguladas en este real decreto, en ningún caso podrá superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras Administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, destinadas al mismo fin, o con el procedente de regímenes de aseguramiento que cubran el mismo objeto y finalidad que el de las presentes ayudas, el coste de la repoblación.
> <small>Se modifica por el art. 2.6 del Real Decreto 780/2023, de 10 de octubre. [Ref. BOE-A-2023-20995#as](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-20995)</small>
Texto oficial de Real Decreto 82/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para la repoblación de la explotación en caso de vaciado sanitario en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles (BOE-A-2015-2050). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.