ESTATUTO DE LA ENTIDAD ESTATAL DE DERECHO PUBLICO TRABAJO PENITENCIARIO Y FORMACIÓN PARA EL EMPLEO
Artículo 5. Órganos de dirección y firmeza de sus actos.
1. La entidad Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo tendrá como máximos órganos de dirección los siguientes:
a) El Presidente.
b) El Consejo de Administración.
c) El Director-Gerente.
2. Los actos dictados por el Presidente y el Consejo de Administración, en el ámbito de sus respectivas competencias, pondrán fin a la vía administrativa.
Texto oficial de Estatuto de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo (BOE-A-2015-2115). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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