Artículo 6. Aplicación del sistema establecido en la presente orden.
La Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, efectuará los cálculos necesarios para la aplicación del sistema establecido en esta orden y dictará las correspondientes resoluciones de determinación de costes de comercialización y de los precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo, en su modalidad envasado, que se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
> Téngase en cuenta que se suspende la vigencia del presente artículo, a partir del 18 de marzo de 2020, para los siguientes tres bimestres, en la forma y con los efectos indicados por el art. 4.3.a del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. [Ref. BOE-A-2020-3824#a4](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-3824), en la redacción dada por la disposición final 1.1 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo. [Ref. BOE-A-2020-4208#df](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4208)
> <small>Se suspende la vigencia, a partir del 18 de marzo de 2020, para los siguientes tres bimestres, en la forma y con los efectos indicados por el art. 4.3.a del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, en la redacción dada por la disposición final 1.1 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo. [Ref. BOE-A-2020-4208#df](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4208)</small>
> <small>Se suspende la vigencia, a partir del 18 de marzo de 2020, para los siguientes tres bimestres, en la forma y con los efectos indicados por el art. 4.3.a del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. [Ref. BOE-A-2020-3824#a4](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-3824)</small>
Texto oficial de Orden IET/389/2015, de 5 de marzo, por la que se actualiza el sistema de determinación automática de precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados y se modifica el sistema de determinación automática de las tarifas de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización (BOE-A-2015-2495). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.