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CAPÍTULO V. Régimen sancionador · Sección 3.ª Procedimiento sancionador

Artículo 52. Valor probatorio de las declaraciones de los agentes de la autoridad.

Texto oficial de Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE-A-2015-3442). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 52. Valor probatorio de las declaraciones de los agentes de la autoridad. — Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana · BOE Fácil