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REGLAMENTO DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES DE DESARROLLO

Artículo 7. Documentación que debe aportarse con la solicitud de primera inscripción.

Texto oficial de Real Decreto 193/2015, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (BOE-A-2015-3714). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.