Los Directores Provinciales, de acuerdo con las instrucciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, determinarán con suficiente antelación el calendario que ha de regir el proceso de admisión de alumnos y elaborarán las correspondientes instrucciones. Dichas instrucciones serán comunicadas a la Administración de la Ciudad respectiva y a todos los centros públicos y concertados de su ámbito, y publicadas a través de los medios que se consideren suficientes para su conocimiento por la sociedad.
Texto oficial de Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, por la que se regula la admisión de alumnos en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato en las Ciudades de Ceuta y Melilla (BOE-A-2015-4457). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.