CAPÍTULO V. Proceso ordinario de admisión de alumnos
Disposición final primera. Aplicación.
Se autoriza a la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades para dictar cuantas resoluciones procedan para la aplicación de lo dispuesto en la presente orden, así como para fijar los plazos previstos en la misma.
Texto oficial de Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, por la que se regula la admisión de alumnos en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato en las Ciudades de Ceuta y Melilla (BOE-A-2015-4457). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.