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TÍTULO III. Protección de las víctimas

Artículo 20. Derecho a que se evite el contacto entre víctima e infractor.

Texto oficial de Ley del Estatuto de la Víctima del Delito (BOE-A-2015-4606). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 20. Derecho a que se evite el contacto entre víctima e infractor. — Ley del Estatuto de la Víctima del Delito · BOE Fácil