TÍTULO V. Régimen jurídico de las plataformas de financiación participativa · CAPÍTULO IV. Sobre los promotores y los proyectos · Sección 2.ª Requisitos aplicables a los préstamos
Artículo 76. Información sobre los préstamos.
**(Derogado)**
> Téngase en cuenta que este artículo se deroga, con efectos de 10 de noviembre de 2022, por el art. 14 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre. [Ref. BOE-A-2022-15818#a1-6](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-15818)
> Redacción anterior:
> "1. Los proyectos de financiación participativa instrumentados a través de préstamos contendrán, al menos, la siguiente información sobre los préstamos:
> a) Una breve descripción de las características esenciales del préstamo y de los riesgos asociados a la financiación.
> b) Modo de formalización del préstamo y, en caso de formalización mediante escritura pública, lugar de su otorgamiento e indicación de quién correrá con dichos gastos.
> c) Descripción de los derechos vinculados a los préstamos y su forma de ejercicio, incluida cualquier limitación de esos derechos. Se incluirá información sobre la remuneración y amortización de los préstamos, y limitaciones a la cesión.
> 2. En particular, deberán incorporar la siguiente información al objeto de clarificar las condiciones en las que promotor e inversores participan en el proyecto de financiación participativa:
> a) El tipo de préstamo, importe total del préstamo y la duración del contrato de préstamo.
> b) La tasa anual equivalente, calculada de acuerdo con la fórmula matemática que figura en la parte I del anexo I de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.
> c) El coste total del préstamo incluyendo los intereses, las comisiones, los impuestos y cualquier otro tipo de gastos incluyendo los de servicios accesorios con excepción de los de notaría.
> d) La tabla de amortizaciones con el importe, el número y la periodicidad de los pagos que deberá efectuar el promotor.
> e) El tipo de interés de demora, las modalidades para su adaptación y, cuando procedan, los gastos por impago y una advertencia sobre las consecuencias en caso de impago.
> f) En su caso, las garantías aportadas, la existencia o ausencia de derecho de desistimiento y de reembolso anticipado y eventual derecho de los prestamistas a recibir indemnización.
> 3. En el caso de que algunas de las cuestiones referidas en los apartados anteriores no estuviese determinada en el momento o durante la publicación del proyecto, la plataforma de financiación participativa deberá detallar su forma de determinación o cálculo antes de la formalización de la financiación."
> <small>Se deroga, con efectos de 10 de noviembre de 2022, por el art. 14 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre. [Ref. BOE-A-2022-15818#a1-6](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-15818)</small>
Texto oficial de Ley de Fomento de la Financiación Empresarial (BOE-A-2015-4607). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.