TÍTULO VI. Refuerzo de la capacidad de supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
Disposición final primera. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
**(Derogada).**
> Téngase en cuenta que esta disposición se deroga, con efectos de 1 de septiembre de 2020, por la disposición derogatoria única.2.q) del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. [Ref. BOE-A-2020-4859#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4859)
> Redacción anterior:
> **"Disposición final primera. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.**
> Se modifica la disposición adicional segunda, apartado 2, letra d), de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, dándole la siguiente redacción:
> «d) El artículo 16.4 y la disposición adicional cuarta, punto 7, de la Ley 5/2015 de fomento de la financiación empresarial.»"
> <small>Se deroga, con efectos de 1 de septiembre de 2020, por la disposición derogatoria única.2.q) del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. [Ref. BOE-A-2020-4859#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4859)</small>
Texto oficial de Ley de Fomento de la Financiación Empresarial (BOE-A-2015-4607). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. — Ley de Fomento de la Financiación Empresarial · BOE Fácil