**CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ESPAÑA**. Reglamento de Régimen Interior · CAPÍTULO VII. Constitución y forma de elección del Presidente y demás miembros del Pleno y del Comité Ejecutivo
Artículo 23.
El Secretario General de la Cámara de Comercio de España, a instancia del Secretario de Estado de Comercio, remitirá la convocatoria de la sesión constitutiva del nuevo Pleno a los representantes establecidos en el apartado anterior, como mínimo con 15 días hábiles de antelación a la fecha de la sesión. En esta convocatoria, figurará la relación nominal de representantes propuestos o designados para vocales del Pleno con el fin de que se comiencen a elaborar las candidaturas oportunas para la elección del Comité Ejecutivo.
Texto oficial de Orden ECC/953/2015, de 14 de mayo, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España (BOE-A-2015-5748). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 23. — Orden ECC/953/2015, de 14 de mayo, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España · BOE Fácil