CAPÍTULO IX. Régimen sancionador · Sección 4.ª Normas generales de procedimiento
Disposición final decimocuarta. Títulos competenciales.
Esta Ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª, 11.ª y 13.ª de la Constitución española, que atribuyen al Estado la competencia sobre legislación mercantil y procesal, bases de la ordenación de crédito, banca y seguros, y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, respectivamente.
Las disposiciones finales primera a decimotercera se dictan al amparo del título competencial expresado en las normas que son objeto de modificación por estas disposiciones.
Texto oficial de Ley de Recuperación y Resolución de Entidades de Crédito (BOE-A-2015-6789). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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