La documentación requerida para la inscripción y su mantenimiento en el RESAE se facilitará, en la medida de lo posible, por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, acompañada del certificado de firma digital cuando proceda, de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizará las adaptaciones necesarias en la aplicación del Censo de la Flota Pesquera Operativa para que se pueda garantizarse la gestión electrónica de este registro.
Texto oficial de Orden AAA/1179/2015, de 8 de junio, por la que se crea el Registro Especial de Empresas de Buques de Pesca Españoles que faenan exclusivamente en aguas extracomunitarias, y se regula su estructura y funcionamiento (BOE-A-2015-6793). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.