Para inscribirse en el RESAE, las empresas pesqueras deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Ser propietarios o armadores de los buques a los que se refiere el artículo 4.
b) Que los buques para los que se solicite el alta en el RESAE estén inscritos y dados de alta en el censo de la flota pesquera operativa.
c) Que dichos buques dispongan de licencia comunitaria y licencia o permiso temporal de pesca en alguna de las modalidades de pesca a las que se refiere el artículo 4 de esta orden.
d) En su caso, declaración responsable de no ejercer la actividad de pesca a menos de 200 millas náuticas de las líneas de base de los Estados miembros de la Unión Europea.
Texto oficial de Registro Especial de Empresas de Buques de Pesca en Aguas Extracomunitarias (BOE-A-2015-6793). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Requisitos para la inscripción. — Registro Especial de Empresas de Buques de Pesca en Aguas Extracomunitarias · BOE Fácil