CAPÍTULO IV. De las relaciones entre Eurojust y las autoridades españolas
Artículo 26. Estructura de la información transmitida.
Para la transmisión de la información que con carácter obligatorio ha de ser remitida a Eurojust, se facilitará un formulario que estará disponible en formato electrónico, sin perjuicio de tener por cumplida la obligación de información con la transmisión de los datos mínimos recogidos en el anexo de la Decisión 2009/426/JAI del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, por la que se refuerza Eurojust y se modifica la decisión 2002/187/JAI, por la que se crea Eurojust para reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia.
Texto oficial de Ley 16/2015, de 7 de julio, por la que se regula el estatuto del miembro nacional de España en Eurojust, los conflictos de jurisdicción, las redes judiciales de cooperación internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el Exterior (BOE-A-2015-7624). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.