CAPÍTULO IV. Organización de los centros y propuesta pedagógica
Artículo 17. Autonomía pedagógica y organizativa de los centros.
1. Los centros docentes, en el ámbito de su autonomía pedagógica y organizativa, concretarán el currículo en su propuesta pedagógica.
2. La propuesta pedagógica de los centros comprenderá la propuesta curricular de las etapas de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, las programaciones didácticas y la oferta formativa en cada uno de los cursos.
Texto oficial de Orden ECD/1361/2015, de 3 de julio, por la que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y se regula su implantación, así como la evaluación continua y determinados aspectos organizativos de las etapas (BOE-A-2015-7662). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.