CAPÍTULO V. Evaluación del alumnado · Sección 3.ª Objetividad de la evaluación continua
Disposición adicional segunda. Adaptación para la educación a distancia y las enseñanzas de personas adultas.
1. La Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades podrá adaptar el contenido de esta orden a las características de la educación a distancia.
2. La Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades establecerá la oferta formativa del Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD) en el ámbito de sus competencias.
Texto oficial de Orden ECD/1361/2015, de 3 de julio, por la que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y se regula su implantación, así como la evaluación continua y determinados aspectos organizativos de las etapas (BOE-A-2015-7662). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.