TÍTULO III. Sobre el Consejo General de Colegios · CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
Artículo 32. Órganos de Gobierno.
1. Los órganos de gobierno del Consejo General son la Asamblea General y la Junta de Gobierno.
2. Los órganos de gobierno tienen plena independencia para el ejercicio de las funciones emanadas de la normativa vigente y de los presentes Estatutos, velando, en todo caso, por la actuación conjunta y coordinada para el cumplimiento de los fines últimos del Consejo.
Texto oficial de Estatutos de los Colegios de Ingeniería Técnica en Informática (BOE-A-2015-7773). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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