Disposición adicional primera. Adaptación de los estatutos particulares de los Colegios y Consejos autonómicos.
Los Colegios y Consejos autonómicos existentes en el momento de entrada en vigor de estos Estatutos, dispondrán, a partir de dicha fecha, de un plazo máximo de doce meses para adecuar sus estatutos particulares y su presentación a la Administración pública competente.
Texto oficial de Estatutos de los Colegios de Ingeniería Técnica en Informática (BOE-A-2015-7773). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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