TÍTULO I. De la auditoría de cuentas · CAPÍTULO IV. De la auditoría de cuentas en entidades de interés público · Sección 2.ª De los informes
Artículo 35. Informe de auditoría de cuentas anuales.
El informe de auditoría de las cuentas anuales de una entidad de interés público se elaborará y presentará de acuerdo con lo establecido en esta Ley y en el artículo 10 del Reglamento (UE) n.º 537/2014, de 16 de abril.
> <small>Se suprime el apartado 2 por el art. 5.2 de la Ley 5/2021, de 12 de abril. [Ref. BOE-A-2021-5773#aq](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-5773)</small>
> <small>Se modifica por el art. 3 de la Ley 11/2018, de 28 de diciembre. [Ref. BOE-A-2018-17989](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-17989)</small>
> <small>Esta modificación será de aplicación para los ejercicios económicos que se inicien a partir del 1 de enero de 2018, según establece la disposición transitoria de la citada Ley.</small>
> <small>Se modifica por el art. 3 del Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre. [Ref. BOE-A-2017-13643#at](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-13643)</small>
> <small>Esta modificación será de aplicación para los ejercicios económicos que se inicien a partir del 1 de enero de 2017, según establece la disposición final 4 del citado Real Decreto-ley.</small>
Texto oficial de Ley de Auditoría de Cuentas (BOE-A-2015-8147). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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