TÍTULO IV. Invenciones realizadas en el marco de una relación de empleo o de servicios
Artículo 19. Carga de la prueba y renuncia de derechos.
1. Salvo prueba en contrario, las invenciones para las que se presente una solicitud de patente o de otro título de protección exclusiva dentro del año siguiente a la extinción de la relación de empleo o de servicios, se presumen realizadas durante la vigencia de ésta.
2. Será nula toda renuncia anticipada del empleado a los derechos que la Ley le otorga en este Título.
Texto oficial de Ley de Patentes (BOE-A-2015-8328). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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