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TÍTULO III. Régimen administrativo de la actividad de producción de energía eléctrica en los territorios no peninsulares

Artículo 17. Cancelación de la inscripción definitiva en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica.

Texto oficial de Producción de Energía Eléctrica en Territorios No Peninsulares (BOE-A-2015-8646). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.