CAPÍTULO II. Régimen de autorizaciones para plantaciones de viñedo a partir del 1 de enero de 2016 · Sección 2.ª Replantaciones
Artículo 17. Recomendaciones sobre restricciones a la replantación.
1. En virtud del artículo 65 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre, podrán realizar recomendaciones para restringir la concesión de autorizaciones por replantación las Organizaciones Interprofesionales que operen en el sector vitivinícola, reconocidas de acuerdo al artículo 157 Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre, además de las que estén reconocidas de acuerdo a la legislación nacional y autonómica, los órganos de gestión de las Denominaciones de Origen Protegidas y de las Indicaciones Geográficas Protegidas.
2. Las recomendaciones realizadas deberán de ir precedidas de un acuerdo entre las partes representativas relevantes de la zona geográfica que se trate, y estar debidamente justificadas en base a un estudio que demuestre la necesidad de evitar un riesgo bien demostrado de devaluación significativa de una denominación de origen o de una indicación de origen protegida concreta.
3. Las recomendaciones deberán contener la información mínima indicada en el anexo IB.2), y se remitirán, acompañadas de la documentación a que se refiere el apartado anterior, antes del 1 de noviembre del año anterior al que se pretenda surtan efectos, ante el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para su valoración y decisión por el mismo.
> <small>Se modifica el apartado 3 por el art. 2.9 del Real Decreto 313/2016, de 29 de julio. [Ref. BOE-A-2016-7339](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2016-7339).</small>
Texto oficial de Real Decreto 740/2015, de 31 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, y se modifica el Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola (BOE-A-2015-8648). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.