DIRECTRICES GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DE LOS CURRÍCULOS DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN PARA EL ACCESO A LAS DIFERENTES ESCALAS DE SUBOFICIALES
Artículo 14. Diseño y contenido de los currículos.
Los currículos de la enseñanza de formación de Suboficiales deberán contener lo siguiente:
a) El perfil profesional definido, en su ámbito de responsabilidad, por el Subsecretario de Defensa y los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire.
b) Los módulos formativos y sus contenidos.
c) Los módulos formativos susceptibles de ser impartidos, parcial o totalmente, mediante enseñanza a distancia a las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto que no puedan asistir de forma presencial.
d) La distribución temporal del plan, por cursos y módulos, con indicación de los diferentes centros docentes militares donde se impartan.
e) La convalidación de módulos formativos según la procedencia militar del alumno.
Texto oficial de Currículos de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas (BOE-A-2015-8741). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.