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CAPÍTULO IV. Notificación de los organismos de control y entidades independientes

Artículo 28. Obligación de información de los organismos de control notificados y entidades independientes.

Texto oficial de Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los equipos a presión (BOE-A-2015-9527). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 28. Obligación de información de los organismos de control notificados y entidades independientes. — Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los equipos a presión · BOE Fácil