Artículo 10. Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
1. Corresponde al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de energía, turismo, telecomunicaciones y sociedad de la información, así como el desarrollo de la Agenda Digital.
2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Energía.
b) La Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital.
c) La Secretaría de Estado de Turismo.
Texto oficial de Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales (BOE-A-2016-10167). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 10. Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital. — Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales · BOE Fácil