Artículo 5. Ministerio de Hacienda y Función Pública.
1. Corresponde al Ministerio de Hacienda y Función Pública la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.
2. Igualmente corresponde a este Ministerio la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de función y gobernanza públicas.
3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Hacienda.
b) La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
c) La Secretaría de Estado de Función Pública.
Texto oficial de Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales (BOE-A-2016-10167). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. Ministerio de Hacienda y Función Pública. — Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales · BOE Fácil