Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y de bases y coordinación general de la sanidad, respectivamente.
Se exceptúa la regulación contenida en los artículos 12, 16 y 21.5, que se dicta al amparo del artículo 149.1.10.ª y 16.ª, primer inciso, de la Constitución Española, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de comercio exterior y sanidad exterior.
Texto oficial de Real Decreto 676/2016, de 16 de diciembre, por el que se regula el sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina (BOE-A-2016-11950). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Título competencial. — Real Decreto 676/2016, de 16 de diciembre, por el que se regula el sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina · BOE Fácil