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orden · BOE-A-2016-1279

Orden JUS/127/2016, de 8 de febrero, por la que se fijan los precios públicos de las pericias efectuadas por los institutos de medicina legal y ciencias forenses a solicitud de particulares, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor

Estado
Vigente
Publicación
10/2/2016
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Justicia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden JUS/127/2016 fija los precios públicos de las pericias que realizan los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses a solicitud de particulares en las reclamaciones extrajudiciales por accidentes de circulación, en desarrollo del Real Decreto 1148/2015, estableciendo tres tarifas según la gravedad de las lesiones y el procedimiento de pago a cargo de la entidad aseguradora.

A quién afecta: Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, entidades aseguradoras y personas perjudicadas en accidentes de circulación que soliciten una pericia extrajudicial.

  • Establece tres precios públicos según la gravedad de las lesiones: sin ingreso hospitalario, con ingreso igual o inferior a 72 horas, y con ingreso superior a 72 horas (artículo 3 y anexo).
  • La liquidación del precio público es única por cada pericia e incluye todos los informes emitidos por el Instituto de Medicina Legal (artículo 3.2).
  • La entidad aseguradora que emitió la oferta motivada es la obligada al pago, mediante el modelo 069 de recaudación de ingresos no tributarios (artículo 4).
  • Procede la devolución del precio público si, por causa no imputable al obligado al pago, no se presta el servicio, mediante el modelo de solicitud de devolución de ingresos indebidos (artículo 5).
  • Los directores de los Institutos de Medicina Legal deben remitir un informe trimestral de los ingresos generados por estas pericias (artículo 7).
¿Quién debe pagar el precio público de la pericia forense en una reclamación por accidente de tráfico?

La entidad aseguradora que haya emitido la oferta motivada, mediante el modelo 069 (artículo 4).

¿Cuánto cuesta la pericia según la gravedad de las lesiones?

80 euros sin ingreso hospitalario, 150 euros con ingreso igual o inferior a 72 horas, y 350 euros con ingreso superior a 72 horas (anexo).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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