1. La Junta de Gobierno se compone de:
a) Cargos unipersonales: Presidente, dos vicepresidencias, secretario general, vicesecretario general y tesorero.
b) Vocales: Un mínimo de 6 vocales, según lo establecido en el artículo 33 apartado primero, de los presentes estatutos.
2. La Junta General, por mayoría absoluta de sus miembros podrá modificar el número de vocales.
Texto oficial de Orden ECD/176/2016, de 5 de febrero, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Pedagogos y Psicopedagogos (BOE-A-2016-1619). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 8. Composición. — Orden ECD/176/2016, de 5 de febrero, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Pedagogos y Psicopedagogos · BOE Fácil