Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1, apartados 6, 11 y 13 de la Constitución, los cuales confieren al Estado, respectivamente, las competencias exclusivas sobre la «legislación mercantil», las «bases de la ordenación del crédito, banca y seguros» y las «bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica».
Texto oficial de Real Decreto 73/2016, de 19 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de autoliquidación y pago de la tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la expedición de certificados o documentos a instancia de parte, y por las inscripciones y anotaciones en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (BOE-A-2016-2177). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.