CAPÍTULO II. Descripción y gestión de la hoja de servicios
Artículo 7. Elaboración, custodia y tratamiento.
La elaboración, custodia y tratamiento documental e informático de la hoja de servicios corresponde a la Jefatura de Personal de la Guardia Civil, a través del Servicio de Recursos Humanos, que utilizará de modo prioritario los procedimientos telemáticos que cumplan con los protocolos de seguridad que se establezcan.
El empleo de tales medios telemáticos alcanzará, igualmente, a las compulsas y certificaciones solicitadas sobre el contenido de las hojas de servicios.
Texto oficial de Orden PRE/280/2016, de 3 de marzo, por la que se establece el modelo y las normas reguladoras de la hoja de servicios del personal de la Guardia Civil (BOE-A-2016-2261). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Elaboración, custodia y tratamiento. — Orden PRE/280/2016, de 3 de marzo, por la que se establece el modelo y las normas reguladoras de la hoja de servicios del personal de la Guardia Civil · BOE Fácil