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Artículo 3 bis. Zonas de veda para la pesca del besugo (Pagellus bogaraveo) en aguas del Cantábrico Noroeste y en aguas europeas de las zonas 6, 7 y 8.

Texto oficial de Orden AAA/661/2016, de 3 de abril, por la que se establecen criterios de desembarque de besugo capturado en aguas de la Unión y aguas internacionales de las zonas VI, VII y VIII del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) (BOE-A-2016-4349). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.