ANEXO XII. Disposiciones normativas del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Ebro
Artículo 3. Delimitación de la demarcación, de los sistemas de explotación y de las masas de agua.
El ámbito territorial de los sistemas de explotación de recursos aparece definido en el apéndice 1 y en el capítulo IV.4 de la Memoria. La representación cartográfica se encuentra disponible a través de los servicios del Geoportal SITEbro en la página web de la Confederación Hidrográfica del Ebro (www.chebro.es). Así mismo, los datos geométricos de las entidades geoespaciales que delimitan las masas de agua de la demarcación hidrográfica del Ebro, se encuentran disponibles en el mencionado Geoportal SITEbro (www.chebro.es).
Texto oficial de Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro (BOE-A-2016-439). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.