ANEXO VII. Disposiciones normativas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir · CAPÍTULO I. Definición de las masas de agua · Sección II. Masas de agua subterránea
Artículo 6. Identificación de las masas de agua subterránea.
1. Para dar cumplimiento al artículo 9 del RPH, el presente Plan Hidrológico identifica 86 masas de agua subterránea en su cuenca. Las masas de agua indicando código y nombre se presentan en el apéndice 5.1. En la página Web de la infraestructura de datos espaciales de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (http://idechg.chguadalquivir.es) se podrá consultar de forma gráfica la situación y los límites de estas masas de agua.
2. De conformidad con el artículo 9.2 del RPH, se proponen, para su consideración por parte del Plan Hidrológico Nacional las masas de agua compartidas con otras demarcaciones relacionadas en el apéndice 5.2.
Texto oficial de Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro (BOE-A-2016-439). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.