ANEXO X. Disposiciones normativas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura · CAPÍTULO IX. Organización y procedimiento para hacer efectiva la participación pública
Artículo 64. Acciones de información pública.
La información pública respecto a los documentos del proceso de planificación señalados en el apartado 1 de la disposición adicional duodécima del TRLA, queda garantizada por la Confederación Hidrográfica del Segura, atendiendo a lo previsto en el artículo 73.2 del RPH, mediante el mantenimiento de una sección específica dentro de su portal Web donde se publican los citados documentos, lo que posibilita su consulta y descarga y, adicionalmente, depositando los documentos impresos en la biblioteca de la Confederación Hidrográfica del Segura.
Texto oficial de Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro (BOE-A-2016-439). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.