CAPÍTULO II. Comisión de Evaluación y criterios aplicables
Artículo 12. Guía técnica de evaluación de acreditaciones.
1. A los efectos de facilitar la orientación a los interesados y al personal que intervenga en la instrucción de los procedimientos regulados en este real decreto, el titular del Ministerio de Economía y Competitividad aprobará, mediante orden, una guía técnica de evaluación de acreditaciones, a propuesta del ISCIII y presentada a través de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
Acompañará la propuesta el informe de la Comisión de Evaluación regulada en los artículos 8 a 10.
Esta guía técnica se hará pública a través de las sedes electrónicas de los órganos responsables de la instrucción de los procedimientos regulados en este real decreto.
2. La guía técnica contendrá los pasos a seguir y las exigencias mínimas imprescindibles para el cumplimiento efectivo y la vigencia de los requisitos establecidos en este real decreto.
Texto oficial de Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria (BOE-A-2016-6474). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 12. Guía técnica de evaluación de acreditaciones. — Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria · BOE Fácil