CAPÍTULO II. Evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria
Artículo 15. Grupo técnico de la Comisión Central de Evaluación.
El grupo técnico, al que hace referencia el artículo 7 del presente real decreto, asociado a las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria estará constituido por tres expertos, por cada una de las materias, seleccionados entre los cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria, profesores de enseñanza secundaria e inspectores de educación.
Texto oficial de Evaluaciones Finales de la ESO y Bachillerato (BOE-A-2016-7337). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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