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CAPÍTULO II. Acceso a infraestructuras físicas susceptibles de alojar redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad

Artículo 5. Información mínima relativa a infraestructuras físicas susceptibles de alojar redes de comunicaciones electrónicas y estudios sobre el terreno.

Texto oficial de Real Decreto de Despliegue de Redes de Alta Velocidad (BOE-A-2016-8429). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.