TÍTULO III. El Consejo General de los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos · CAPÍTULO III. Régimen del Consejo General · Sección 2.ª Régimen económico
Artículo 51. Régimen presupuestario.
1. El Consejo General actuará en régimen de presupuesto anual, único y nivelado, de acuerdo con lo establecido en estos Estatutos. El ejercicio económico coincidirá con el año natural.
2. Los superávit y déficit presupuestarios, una vez aprobados, se asignaran o financiarán, respectivamente, según acuerde la Junta de Decanos.
Texto oficial de Real Decreto 727/2017, de 21 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos y de su Consejo General (BOE-A-2017-10221). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 51. Régimen presupuestario. — Real Decreto 727/2017, de 21 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos y de su Consejo General · BOE Fácil