1. Los Premios PRAN serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos otorgados para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, a excepción de aquellos otorgados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios con la misma finalidad.
2. Los solicitantes deberán comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad que aspira a los Premios PRAN. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca la obtención de los mismos.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único.5 de la Orden PCI/1157/2018, de 31 de octubre. [Ref. BOE-A-2018-15048](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-15048)</small>
Texto oficial de Orden SSI/889/2017, de 15 de septiembre, por la que se crean los Premios "Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos" y se establecen las bases reguladoras para la concesión de los mismos (BOE-A-2017-10776). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.