CAPÍTULO II. Transferencia y acceso a los datos del registro
Artículo 10. Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los titulares de los datos.
1. Los profesionales titulares de los datos podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos establecidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
2. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad comunicará, preferentemente por medios electrónicos, al titular de los datos su incorporación al Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, indicándole que podrá ejercer el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Texto oficial de Orden SSI/890/2017, de 15 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (BOE-A-2017-10781). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.