CAPÍTULO IV. Regímenes de revisión no periódica y periódica no predeterminada de valores monetarios
Disposición adicional segunda. Aplicabilidad de la normativa específica reguladora de los valores monetarios contemplados en el artículo 6.1.
La revisión de los valores monetarios contemplados en el artículo 6.1 seguirá rigiéndose por su normativa específica a partir de la entrada en vigor de este real decreto, en la medida en que sea conforme con sus artículos 3, 4, 5, 6 y 7 y con la Ley 2/2015, de 30 de marzo.
Texto oficial de Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española (BOE-A-2017-1150). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional segunda. Aplicabilidad de la normativa específica reguladora de los valores monetarios contemplados en el artículo 6.1. — Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española · BOE Fácil