TÍTULO III. Gestión de la publicidad contractual por medios electrónicos, informáticos y telemáticos
Disposición final decimosexta. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los cuatro meses de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
No obstante, la letra a) del apartado 4 del artículo 159 y la letra d) del apartado 2 del artículo 32, lo harán a los diez meses de la citada publicación; y los artículos 328 a 334, así como la disposición final décima, que lo harán al día siguiente de la referida publicación.
> <small>Se modifica por la disposición final 27.18 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. [Ref. BOE-A-2022-22128#df-27](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-22128)</small>
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 8 de noviembre de 2017.
**FELIPE R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**MARIANO RAJOY BREY**
Texto oficial de Ley de Contratos del Sector Público (BOE-A-2017-12902). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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