TÍTULO III. Gestión de la publicidad contractual por medios electrónicos, informáticos y telemáticos
Disposición final novena. Modificación de la Ley 8/1989, de 13 de abril, del régimen jurídico de las tasas y los precios públicos.
Se añade una nueva letra c) al artículo 2 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, del régimen jurídico de las tasas y los precios públicos, con la siguiente redacción:
«c) Las tarifas que abonen los usuarios por la utilización de la obra o por la prestación del servicio a los concesionarios de obras y de servicios conforme a la legislación de contratos del sector público, que son prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias.»
Texto oficial de Ley de Contratos del Sector Público (BOE-A-2017-12902). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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