TÍTULO III. Otras disposiciones que afectan a los centros de negociación
Artículo 48. Requisitos de las entidades que desarrollen negociación algorítmica.
Texto oficial de Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores (BOE-A-2017-15837). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
