Disposición transitoria sexta. Régimen transitorio de las obras ya encomendadas al SMC.
1.Las obras encomendadas al SMC por otros órganos de la Administración con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, continuará ejecutándolas el INVIED O.A. hasta su finalización con los criterios utilizados por el SMC en función de las especialidades y desarrollo de la obra.
2. Las delegaciones de facultades realizadas por el Director Gerente del SMC continuarán vigentes y se entenderán efectuadas por el Director Gerente del INVIED O.A. hasta que se dicten otras nuevas.
Texto oficial de Estatuto del INVIED (BOE-A-2017-15855). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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