CAPÍTULO III. Organización del colegio · Sección V. De las atribuciones de los cargos de la Junta de Gobierno
Artículo 24. Comisión Ejecutiva.
Dentro de la Junta de Gobierno se nombrará una Comisión Ejecutiva constituida por el Decano-Presidente, el Vicedecano, el Secretario General, el Interventor y tres Vocales designados por la Junta de Gobierno, que tendrá como funciones todas aquellas que no requieran acuerdo expreso de la Junta de Gobierno y en las que el Decano-Presidente o la propia Comisión Ejecutiva por mayoría consideren que pueden actuar por tratarse de acciones de mero trámite, despacho ordinario, o similares a las que viene realizando el Colegio, debiendo dar cuenta de lo actuado en la próxima Junta de Gobierno. Asimismo le corresponderá cualquier otra función delegada por la Junta de Gobierno.
Texto oficial de Real Decreto 71/2017, de 10 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes (COIM) (BOE-A-2017-2063). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 24. Comisión Ejecutiva. — Real Decreto 71/2017, de 10 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes (COIM) · BOE Fácil