CAPÍTULO III. Indemnizaciones, utilidad pública y régimen sancionador
Artículo 18. Régimen sancionador.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, o de otro orden, que pudieran concurrir.
Texto oficial de Real Decreto 197/2017, de 3 de marzo, por el que se establece el Programa nacional de control y erradicación de Tecia (Scrobipalpopsis) solanivora (Povolny) (BOE-A-2017-2312). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 18. Régimen sancionador. — Real Decreto 197/2017, de 3 de marzo, por el que se establece el Programa nacional de control y erradicación de Tecia (Scrobipalpopsis) solanivora (Povolny) · BOE Fácil